Título:
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Caso familia de Charly Santacruz contra Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Resolución Defensorial No. 003-DPE-DNAPL-2017-GR
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Autores:
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Ecuador. Defensoría del Pueblo. Dirección Nacional de Atención Prioritaria y Libertades ;
Pérez, Sergio ;
Rojas, Gabriela
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Tipo de documento:
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texto impreso
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Fecha de publicación:
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2018-08-23T16:10:51Z
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Dimensiones:
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18 p.
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Idiomas:
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Esperanto
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Palabras clave:
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Acciones para la defensa de derechos humanos y de la naturaleza
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Documentos defensa derechos
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Resumen:
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La familia de Charly Santacruz, fallecido en Panamá, acudió a la Dirección Nacional de Atención Prioritaria y Libertades de la Defensoría del Pueblo de Ecuador debido a que los restos de su familiar fueron cremados sin su autorización. En la investigación defensorial se conoce que el Ministerio de Relaciones Exteriores de Ecuador cuenta con un programa de repatriación para familias con vulnerabilidad económica y que la funeraria contratada decidió que en el estado en el que se encontraba el cadáver no era el adecuado para su repatriación y que la mejor opción, dentro de la normativa soberana panameña, era su cremación. Se analizan los derechos a la protección consular de ciudadanía ecuatoriana en el exterior y a la integridad psíquica y moral de la familia, toda vez que tiene la incertidumbre de si las cenizas repatriadas corresponden o no a Charly Santacruz. La Defensoría del Pueblo exhorta al Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana a que en casos similares actúe con oportunidad y eficacia, así como mantenga contacto permanente con los familiares de las personas fallecidas en el exterior. Para el caso concreto se exhorta a brindar el acompañamiento a la familia en caso de que acudan ante autoridades panameñas y a dar seguimiento a la investigación penal por la muerte del ciudadano Charly Santacruz, ante su posible reapertura.
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En línea:
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Defensoría del Pueblo de Ecuador. Dirección Nacional de Atención Prioritaria y Libertades. Caso familia de Charly Santacruz contra Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana. Resolución Defensorial No. 003-DPE-DNAPL-2017-GR, Quito, 02 de abril de 2018
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