Resumen:
|
Los Señores Ernesto Serrano Bonilla y otros, acudieron a la Delegación Provincial de la Defensoría del Pueblo en Sucumbíos en calidad de peticionarios y manifestaron que existe una presunta vulneración a disponer de servicios públicos domiciliaros de óptima calidad, eficientes, oportunos, continuos y permanentes a precios justos, lo cual se agrava con la entrada en vigencia de una ordenanza expedida por parte del Gobierno Autónomo Descentralizado de Shushufindi. Efectuada la investigación defensorial se determinó que la población de Shushufindi no cuenta con un servicio de agua potable de calidad y que la ordenanza municipal emitida vulneraba sus derechos al establecer tarifas categorizadas para el cobro, cobros retroactivos a la entrada en vigencia de la norma. Se determina con la investigación que no existen medidores instalados por lo que no se realiza la facturación individualizada. El Gobierno Autónomo remite información respecto de nuevas reformas a la ordenanza a través de la cual se eliminan estas disposiciones y se dispone la devolución en títulos tributarios de los pagos generados con retroactividad a la expedición de la norma. La Delegación Provincial de la Defensoría del Pueblo en Sucumbíos, exhortó a la entidad requerida a que, más allá de reformar la Ordenanza, gestione la instalación de medidores, mejore el acceso a agua potable de la ciudad de Shushufindi y establezca un cronograma para la devolución de valores en títulos tributarios de las personas que hubieran realizado los pagos establecidos con la Ordenanza anterior.
|