| Título: | Lei del Procedimiento Civil [Folleto]. |
| Autores: | Flores, Juan José |
| Tipo de documento: | texto impreso |
| Editorial: | Quito, Ecuador : Editor no identificado., 1843-06 |
| Dimensiones: | [33 p.] |
| Nota general: |
openAccess Atribución-NoComercial-SinDerivadas 3.0 Ecuador http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/ec/ |
| Idiomas: | Español |
| Palabras clave: | Biblioteca Nacional del Ecuador "Eugenio Espejo" - CCE , Fondos Históricos , Fondo Ecuatoriano Republicano I (FER1) - LIBROS |
| Resumen: | Lei del Procedimiento Civil, Juan José Flores, Presidente de la República del Ecuador. Hacemos saber a todos los ecuatorianos que la Convención Nacional ha decretado y nos hemos sancionado lo siguiente: La Convención Nacional decreta: Del órden en la observancia de las leyes. El órden con que deben observarse las leyes en todos los tribunales y juzgados de la República, civiles, eclesiásticos y militares, así en materias civiles, como criminales. |
| En línea: | Flores, Juan José. 1843. Lei del Procedimiento Civil. Quito, Ecuador : [Editor no identificado]. |
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