Resumen:
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El Pleno de la Asamblea Nacional considerando: Que la Constitución de la República en su Art. 288 establece que "Las compras públicas cumplirán con criterios de eficiencia, transparencia, calidad, responsabilidad ambiental y social. Se priorizarán los productos y servicios nacionales, en particular los provenientes de la economía popular y solidaria y de las micro, pequeñas y medianas unidades productivas; Que, es atribución y deber de la Asamblea Nacional, expedir, codificar, reformar, derogar e interpretar las leyes con carácter obligatorio; Que, es necesario introducir reformas a la actual Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública para profundizar la transparencia en los procesos de contratación, incluir a los actores de la economía popular y solidaria y generar beneficios al conjunto de la sociedad; y. En ejercicio de las atribuciones previstas en la Constitución de la República, expide la siguiente: Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública. Art. 1.- Al artículo 6, realícense las siguientes reformas.....
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