Título:
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Reglamento General de la Ley del Anciano (Decreto Ejecutivo # 3437)
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Autores:
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Presidencia de la República ;
Borja Cevallos, Rodrigo
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Tipo de documento:
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texto impreso
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Editorial:
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Quito: Registro Oficial No.- 961, 2015-08-12T14:12:57Z
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Dimensiones:
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7 p.
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Idiomas:
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Esperanto
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Palabras clave:
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2.- Marco legal nacional
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Reglamentos
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Resumen:
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Para demostrar la calidad de beneficiarios de la Ley del Anciano bastará con la presentación de la cédula de ciudadanía. Para el caso de los jubilados del IESS y beneficiarios de montepío del Estado, se aceptará como documento alterno que identifique al anciano, el carné o credencial respectiva. Los extranjeros probarán su calidad de beneficiarios, con su pasaporte o con el certificado de Registro de Extranjeros otorgado por el Departamento Consular del Ministerio de Relaciones Exteriores. El Ministerio de Bienestar Social es el responsable de la planificación, ejecución y coordinación de las políticas y acciones en favor de los ancianos. El Ministerio de Salud Pública....
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En línea:
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http://biblioteca.defensoria.gob.ec/handle/37000/879
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