Título: | Educational study on the effect of unknown time on compromise of Iranian Law and International Documents : Estudio educativo sobre el efecto del tiempo desconocido en el compromiso del derecho iraní y los documentos internacionales |
Autores: | Sharbati, Siavash ; Rostami, Ebadullah ; Asadi Nejad, Seyed Mohammad |
Tipo de documento: | texto impreso |
Editorial: | Universidad Peruana Unión, 2021-02-12 |
Dimensiones: | application/pdf |
Nota general: |
Apuntes Universitarios; Vol. 11 Núm. 2 (2021): Revista de Investigación Apuntes Universitarios; 307 - 320 2304-0335 2225-7136 10.17162/au.v11i2 Derechos de autor 2021 Siavash Sharbati, Ebadullah Rostami, Seyed Mohammad Asadi Nejad https://creativecommons.org/licenses/by/4.0 |
Idiomas: | Español |
Palabras clave: | Artículos , Open Access DRIVERset |
Resumen: |
The aim of this study was the effect of unknown time on commitment in Iranian law and international documents. Which has been done in a library method and by reviewing the documents. It is reasonable, however, that the implementation of the undertaking in such circumstances in international documents is reasonable and standard. For International Documents: Article 33 of the United Nations Convention on the International Sale of Goods (CISG) International Trade Contracts (UPICC), Article 107-27 of the European Treaty Law (PECL) and Article 102-22 of the DCFR Common Framework of Reference). After concluding the contract, considering all its essential terms and conditions, for any reason, deliberately or unintentionally, one of the parties may refuse to execute the contract on the pretext that the contract is unenforceable, and the civil law seems silent. It does, and there is no explicit solution to our civil law, despite the stipulation in international documents. El objetivo de este estudio fue el efecto del tiempo desconocido sobre el compromiso en la ley iraní y los documentos internacionales. Lo cual se ha hecho en un método de biblioteca y mediante la revisión de los documentos. Sin embargo, es razonable que la implementación del compromiso en tales circunstancias en documentos internacionales sea razonable y estándar. Para documentos internacionales: el artículo 33 de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG), los Contratos de Comercio Internacional (UPICC), el artículo 107-27 de la Ley de Tratados Europeos (PECL) y el artículo 102-22 del Marco Común de DCFR de Referencia). Después de concluir el contrato, considerando todos sus términos y condiciones esenciales, por cualquier motivo, de manera deliberada o involuntaria, una de las partes puede negarse a ejecutar el contrato con el pretexto de que el contrato es inaplicable y la ley civil parece silenciosa. Lo hace, y no hay una solución explícita para nuestro derecho civil, a pesar de lo estipulado en documentos internacionales. |
En línea: | https://apuntesuniversitarios.upeu.edu.pe/index.php/revapuntes/article/view/658 |
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Estado |
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