Título: | OBJECIÓN DE CONCIENCIA A LA EUTANASIA |
Autores: | Prieto, Vicente |
Tipo de documento: | texto impreso |
Editorial: | Facultad de Derecho. Pontificia Universidad Católica de Chile, 2019-07-24 |
Dimensiones: | application/pdf |
Nota general: |
Revista Latinoamericana de Derecho y Religión; Vol. 1 Núm. 1 (2015): Objeción de conciencia; 1-28 0719-7160 |
Idiomas: | Español |
Palabras clave: | Estudios Monográficos |
Resumen: |
Con la sentencia C 239 de 1997 la Corte Constitucional legalizó en Colombia la práctica de la eutanasia. En la sentencia T 970 de 2014, de la misma Corte, y en la Resolución 1216 de 2015, del Ministerio de Salud, se emitieron disposiciones más concretas, entre las cuales destaca el reconocimiento de la objeción de conciencia. La nueva normativa, sin embargo, adolece de graves deficiencias en el reconocimiento del derecho a objetar de las personas, distintas del médico que lleva a cabo la eutanasia, que cooperan de algún modo en su práctica (personal sanitario y administrativo). Algo similar ocurre con el derecho de las instituciones privadas de salud a no realizar prácticas contrarias a su ideario institucional (ético o religioso). The Constitutional Court of Colombia legalized in Colombia the practice of euthanasia (Decision C 239, 1997). Decision T 970, 2014, of the same Court, and Decree 1216, 2015 (issued by Health Secretary), established specific provisions, among which the recognition of conscientious objection. However, the new rules recognize this right only to the physician that performs euthanasia. Others (medical and administrative staff) are excluded. Similar limitation is established to private health institutions. Actually, it is not recognized their right to act according to religious or ethical principles that are contrary to euthanasia. |
En línea: | http://ojs.uc.cl/index.php/RLDR/article/view/4824 |
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Estado |
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