Resumen:
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Los estatutos de redacción constituyen en España uno de los más importante corpus deontológico de la profesión periodística. La mayoría fueron concebidos como instrumentos de regulación de las relaciones profesionales entre informadores y empresas informativas, pero suelen desbordar ese ámbito, desarrollando derechos profesionales y sometiendo el trabajo informativo a un conjunto de principios deontológicos y normas de buena práctica profesional. En este marco, el nuevo Estatuto de Información de la Corporación RTVE incorpora novedades importantes, tanto en lo que se refiere a su ámbito subjetivo (que se amplia a los “profesionales de la información audiovisual”), como en el desarrollo de los derechos (incorporando un derecho a la carrera profesional), como en cuanto a los procedimientos de garantía (estableciendo un procedimiento de amparo), así como en su adaptación de los principios deontológicos a la práctica y problemas actuales de la información audiovisual. En este sentido, el Estatuto de Información de la Corporación RTVE, que encuentra su origen en el desarrollo de la Ley 17/2006, vincula la independencia editorial de la Corporación a la independencia profesional de los informadores, garantizada por el desarrollo de sus derechos, deberes y obligaciones deontológicas. En otras palabras, la independencia institucional depende de la independencia profesional y está se garantiza en un marco de derechos y obligaciones deontológicas específicas. De modo que las garantías subjetivas se convierten en garantías institucionales para un mejor servicio de la radiotelevisión pública al ciudadano.
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