Título: | Obispos exiliados y confinados en monasterios en época protobizantina : Obispos exiliados y confinados en monasterios en época protobizantina |
Autores: | Vallejo Girvés, Margarita |
Tipo de documento: | texto impreso |
Editorial: | Ediciones de la Universidad de Murcia (Editum), 2004-07-02 |
Dimensiones: | application/pdf |
Nota general: |
Antigüedad y Cristianismo; No. 21 (2004): Sacrality and archeology: tribute to Professor Thilo Ulbert; 511-523 Antigüedad y Cristianismo; Núm. 21 (2004): Sacralidad y arqueología: homenaje al profesor Thilo Ulbert; 511-523 Antigüedad y Cristianismo; No 21 (2004): Sacralité et archéologie: hommage au professeur Thilo Ulbert; 511-523 1989-6182 0214-7165 Derechos de autor 2004 Antigüedad y Cristianismo |
Idiomas: | Español |
Palabras clave: | Socioeconomía |
Resumen: |
It is well known that one of the usual judicial practices during the Later Roman Empire and first Byzantine Epoch were the diverse form of « exilium», amongst which are found the confinement in monasteries. It is also known that a large number of the bishops suffered personally and for long periods these practices. After a through lecture of the documents it is seen that the bishops who deserve to be exiled are guilty of a wide variety of crimes or of having attitudes contrary to the normal. Some are accused directly on indirectly of moral conduct improper of their office, others because they are evidently opposed to the Christian doctrine defended by the Emperor. And lastly, others because they are the real instigators of social conflicts with deep political-religious meanings. Es de todos conocido que una de las habituales prácticas jurídica del Imperio Romano Tardío y Primera Época Bizantina son las diversas modalidades de exilium, entre las que se encuentra el confinamiento en monasterios; es igualmente sabido que fueron muy numerosos los obispos de aquellos siglos que sufrieron personal y prolongadamente la puesta en práctica de estas disposiciones. Tras la lectura detenida de las fuentes documentales pertinentes se advierte que los obispos que son merecedores de la pena de exilio lo son por haber cometido los más diversos delitos o por tener actitudes contrarias a las normales: algunos son acusados directa o indirectamente de conductas morales impropias de su cargo; otros lo son por mostrarse especialmente contrarios a la doctrina cristiana que defendía el emperador; y, por último, otros lo son por ser los verdaderos instigadores de conflictos sociales cargados de un alto sentido político-religioso. |
En línea: | https://revistas.um.es/ayc/article/view/53221 |
Ejemplares
Estado |
---|
ningún ejemplar |