Resumen:
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Este artículo trata de fundamentar, frente a la retórica patriarcal dominante, que la “colaboración” o “pasividad” de las víctimas de violación no es una forma de consentimiento implícito, sino una estrategia precaria de resistencia que, en modo alguno, exime de responsabilidad al violador: se trata de, en términos clínicos, una “fuga disociativa” de la víctima o la reapropiación feminista del concepto antifascista de “exilio interior” que aquí propongo. Para fundamentar esta posición, este artículo facilita una lectura crítica del Título VIII del Libro I del Código Penal español, dedicado a los delitos sexuales, y una biblioteca comentada de fragmentos literarios en torno a experiencias de violación y cultura de la violación para argumentar a favor de las víctimas esos supuestos espacios de ambigüedad o las así denominadas “zonas grises”.
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