Resumen:
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Sin duda, uno de los grandes retos de la e?poca que nos ha tocado vivir es abordar las causas, consecuencias y efectos de los flujos migratorios. Sin embargo, cuando generaciones venideras reparen en nuestros actos no parece que vayamos a estar a la altura. Esos actos, los de Europa y los europeos, a pesar de honrosas excepciones, nos han hecho caer en la ignominia. Una de las tantas concreciones son las denominadas “devoluciones en caliente” o “devoluciones sumarias” que tienen lugar en la frontera de Ceuta y Melilla por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado Espan?ol; donde sin ningu?n tipo de audiencia, asistencia legal o procedimiento individualizado, los migrantes son devueltos a las autoridades marroqui?es. Por vez primera, el 13 de febrero de 2020 la Gran Sala del TEDH se pronuncio? sobre tales actuaciones contradiciendo el pronunciamiento de 2017 de la Seccio?n Tercera del Tribunal. El objetivo del presente estudio es refutar los principales argumentos que son esgrimidos en dicha Sentencia: la conducta del interesado y la existencia de vi?as suficientes de acceso legal a Espan?a. Al mismo tiempo, se evidencia los grandes silencios que mantiene la Gran Sala y se analizara? la jurisprudencia que ha sucedido a tal pronunciamiento.
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