Resumen:
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Analiza el autor la situación legal y jurisprudencial de la institución de la caducidad en el ámbito tributario. La ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, excluía expresamente de su ámbito a los procedimientos tributarios y la recientemente derogada LGT de 1063 impedía la caducidad del procedimiento, estas dos normas habían propiciado que la privación de esta institución en el ámbito del derecho tributario. Tras determinados pronunciamientos jurisprudenciales no fue sino hasta la ley 17/1988 que se empezó a incorporar tímidamente la caducidad en los procedimientos tributarios. Considera el autor que la Ley 58/2003 de 17 de diciembre, ha incorporado, más que el instituto de la caducidad, algunos de los efectos que ésta produce en los procedimientos en los que se aplica. En cualquier caso, concluye Galán Sánchez, el legislador sólo ha incorporado a la nueva LGT algunos de los efectos clásicos de la caducidad.
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