Resumen:
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La colaboración público-privada (CPP) en la provisión de bienes y servicios no es nueva. Existen antecedentes remotos de formas similares de cooperación ya en el Imperio Romano, o posteriormente en la Edad Media. No obstante lo anterior, este fenómeno cobra relevancia en países de nuestro entorno a finales del siglo pasado, lo que ha conducido a su introducción formal en los ordenamientos jurídicos nacionales. Con la incorporación a nuestro Derecho de esta técnica contractual, la doctrina se ha manifestado sobre su naturaleza, oportunidad, riesgos y posible utilización. Existen opiniones de todo tipo, muchas de ellas ligadas a posiciones ideológicas de naturaleza económica. En cualquier caso, la mayoría de los estudios se centra en su posible implantación en el ámbito de la provisión y gestión de infraestructuras públicas. Nuestra investigación se centra en la posibilidad de extender esta nueva técnica contractual a la industria española de defensa, actualmente sujeta a fuertes restricciones financieras que afectan especialmente a los denominados programas especiales de armamento, que suponen una inversión por parte del Estado de un gran volumen de recursos financieros durante periodos dilatados en el tiempo, tanto para su producción como para su sostenimiento. La introducción de la CPP en la industria española de defensa podría ser un buen instrumento para el fortalecimiento de dicha industria, la adquisición y mantenimiento a largo plazo de los sistemas especiales de armamento, y la optimización de muchas de las instalaciones técnicas del Ministerio de Defensa...
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